jueves, 22 de noviembre de 2012

BULLYING



Media sanción a la prevención de situaciones de violencia en escuelas

Una ley contra el “bullying”

La norma nació a partir de la difusión de los casos de “bullying”. Busca fortalecer los vínculos escolares y establece cómo manejar las eventuales sanciones. Prevé estudiar las nuevas modalidades de acoso a través de las redes sociales e Internet.


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La norma aprobada ayer apunta a evitar la estigmatización de los chicos en las escuelas.
La Cámara de Diputados de la Nación dio media sanción a un proyecto de ley que apunta a prevenir los casos de violencia en las escuelas. También determina de qué manera tratar esas situaciones. La iniciativa se gestó a partir de la difusión y el debate en torno del llamado “bullying”, o acoso escolar, aunque la norma lo que busca es fortalecer los vínculos en las escuelas. La intención es “no estigmatizar al estudiante”, sostuvo la diputada nacional por el Frente para la Victoria Mara Brawer, ideóloga del proyecto de ley de prevención de situaciones violentas en las escuelas. Así, la iniciativa “para la promoción de la convivencia y el abordaje de la conflictividad en las instituciones educativas” establece pautas para las eventuales sanciones a los alumnos y fija la responsabilidad del Ministerio de Educación en torno del tema.
En el primer artículo, el proyecto de ley manifiesta su espíritu: “La presente ley establece las bases para la promoción, intervención institucional y la investigación y recopilación de experiencias sobre la convivencia así como sobre el abordaje de la conflictividad en las instituciones educativas de todos los niveles y modalidades del sistema educativo nacional no universitario”.
El proyecto llegó ayer al recinto luego de cuatro meses de tratamiento en las comisiones de Educación y Familia, con el apoyo de todos los bloques. A lo largo de los once artículos que contiene plantea cómo abordar situaciones de distintos tipos de violencia y, además, contempla el trabajo que deben llevar a cabo el Ministerio de Educación nacional y el Consejo Federal de Educación y regula las sanciones para los estudiantes en caso de “transgresión”.
El artículo 6 precisa cómo proceder en esos casos. Por ejemplo, indica que las sanciones deben “tener un carácter educativo, enmarcándose en un proceso que posibilite al educando hacerse responsable progresivamente de sus actos” y “garantizando el derecho del estudiante a ser escuchado y a formular su descargo”.
La principal discusión que dio lugar a la propuesta, en realidad, fueron los casos de “bullying” que los medios de comunicación suelen sacar a la luz. En esos casos, la situación de violencia se da entre personas o grupos en donde hay una asimetría de fuerzas que es sostenida en el tiempo. Ante eso, Brawer, docente y licenciada en psicología, planteó “correrse de la posición de que el alumno es el problema” y del hecho de que sólo existe ese tipo de violencia: “El bullying está muy centrado en los individuos. Esta ley, en cambio, es propositiva, porque pone el acento en las escuelas, apunta a los vínculos en las instituciones educativas”. La razón, explicó, es que “si se pone el acento en el pibe, se lo estigmatiza. Desde esta propuesta legislativa basada en actividades que el Ministerio de Educación ya lleva adelante, lo que se busca es modificar los vínculos y las condiciones que generan esas violencias, sin estigmatizar”.
Entre las responsabilidades fijadas para la cartera educativa, el artículo 9 establece que debe realizar “investigaciones cualitativas y cuantitativas sobre las múltiples facetas que adquiere la problemática de la conflictividad en las instituciones educativas a fin de generar y difundir información oficial y pública sobre las dimensiones y caracterizaciones de los fenómenos, con especial énfasis en los aspectos pedagógicos”. También contiene un apartado especial para “identificar y desplegar iniciativas de diagnóstico de las formas que adquiere la violencia en las instituciones educativas, ante los nuevos modos de interacción en entornos virtuales”.

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