domingo, 22 de enero de 2012

La naturaleza es sabia


Por Mario Wainfeld

“La naturaleza es sabia”, pontificó Hugo Cettour, ministro de Salud de Entre Ríos, para justificar su decisión de no intervenir en el terrible caso del embarazo de una nena de once años. El cronista es partidario de moderar la adjetivación sobre personas, pero el criterio no es extensivo a frases-comportamientos de funcionarios públicos. Las palabras, o más vale, la conducta del funcionario son indignas, impiadosas y necias. La naturaleza (a menudo también la sociedad) tiene una tendencia al darwinismo, que la acción humana (las políticas públicas especialmente) aspira a anular o atenuar. La eventual cesárea, el tratamiento psicológico a la menor, la virtual entrega en adopción no son creaciones de la Madre Natura, sino de los seres humanos. La monogamia, las restricciones a la promiscuidad, las diversas formas de cuidado sexual no están inscriptas en el mundo natural y, se supone, Cettour ha de estar a su favor. También, se confía, será partidario de las vacunas, de la asepsia hospitalaria, de la anestesia o los antibióticos entre tantas interferencias de la civilización en el devenir natural.
El deplorable ministro, que es médico y fue director de hospital, sanatea para no mandar al frente a su cosmovisión, que en este caso desampara a la chica, en aras de la posición confesional (filo integrista) de las autoridades.
También es criticable el estridente silencio del usualmente poco visible ministro de Salud de la Nación, Juan Manzur. Un pseudofederalismo, que afortunadamente el Gobierno no practica como costumbre, pretende ser excusa, sin conseguirlo.
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El juez supremo Eugenio Raúl Zaffaroni, en una recomendable columna publicada en Página/12, explica que el delito de aborto está despenalizado en los hechos. Son contadísimos los casos que llegan a los tribunales. Hay (glosa el cronista) una suerte de derogación tácita en los hechos, “desuetudo” se la apoda en jerga. El fracaso de la regla legal da cuenta de su anacronismo.
La aplicación del artículo del Código Penal que autoriza, como excepción, abortos se dificulta por la floja redacción de la norma. Aun poniendo entre paréntesis el ya impostergable debate parlamentario sobre la despenalización del aborto, el Congreso debería ponerse las pilas y clarificar ese artículo, en consonancia con la interpretación y la jurisprudencia no confesional, que son mayoritarias. La mayoría que logró el Frente para la Victoria en las elecciones le impone el deber de emprolijar la legislación con tono progresivo, algo que está a su alcance y que interpela a su responsabilidad social.
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Un fallo del Superior Tribunal (ST) de Chubut, en otra historia de aborto no punible, está a estudio de la Corte Suprema, desde hace bastante más de un año. Sus Señorías son magnánimas con sus propios plazos, pero están próximas a decidir. La sentencia que abordarán autorizó el aborto de una adolescente violada por su padrastro. Hay algunas contingencias diferentes a lo sucedido en Entre Ríos, las similitudes son mayores: la pobreza extrema, la carencia de capital cultural y redes de la familia, una desprotección que se acentúa y que jamás roza a otros estratos sociales. La Corte escoge, en asuntos que conmocionan a la opinión pública, casos cuyas características refuercen el mensaje de sus sentencias. En este juicio hay una historia repetida, un problema social extendido, con una resolución ejemplar.
El expediente recorrió todos los despachos, la mayoría respectiva se irá formando. En nuestro sistema legal el fallo no es coercitivo para otros tribunales u otros litigantes. A despecho de esas restricciones, urge una señal de la Corte (que es mucho más seria y progresista que la media de los jueces argentinos) como referencia, como prueba de que los poderes del Estado no se lavan las manos.
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Ni Cettour ni los irresponsables médicos que desatendieron a la menor son los primeros profesionales que burlan su responsabilidad. El fallo del ST de Chubut cuestiona procederes semejantes. “El cumplimiento de las normas jurídicas es un deber del profesional (de la salud) y su incumplimiento es susceptible de sanción legal”, puntualizó, agregando que “los casos de abortos no punibles son uno de los tantos componentes del servicio de salud”. Servicio negado a la menor, pobre, mujer y violada, revictimizada por las instituciones.
Las campanas doblan por los médicos, también por el Poder Judicial. El ST de Chubut dejó constancia de que había graves deficiencias técnicas en los recursos que le elevaron el expediente. En ocasiones tales, los magistrados pueden declarar “desierto” el recurso por carencias de los profesionales. No lo hicieron porque privilegiaron su deber de hacerse cargo, de atender a un asunto de gravedad institucional: el sentido del deber prevaleció sobre el ritualismo forense. El juez de Entre Ríos Raúl Tomaselli dio un ejemplo clavado en contrario. Una gambetita ritual y se eximió de comprometerse.
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Jueces y funcionarios como Tomaselli y Cettour sobreabundan. El derivado –como escribió la magistrada y jurista Aída Kemelmajer de Carlucci– es que el sistema “penaliza la pobreza y no la interrupción del embarazo”.
La destacable cobertura de este diario y en especial las notas de la colega Mariana Carbajal lo remarcaron. El cronista, desde su ángulo, añade un granito de arena. Lo que está en juego no es la naturaleza sino el apego a la ley, flojita pero vigente. También el proceder correcto de los profesionales de la salud. Y, en un sentido más amplio, la política o la presencia estatal, herramientas que (bien blandidas) mitigan las de- sigualdades y tutelan a los que menos tienen.
En este caso, chocante a carta cabal, hablamos de una criatura de once años y las palabras empiezan a sobrar.

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